Se reemplaza el artículo 29 de la Ley G Nº 3338 -Ejercicio de las profesiones de la salud y actividades de apoyo. Regulación- e incorpora el artículo 29 bis en la misma Ley.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 25-06-2010 | Promulgada el 23-07-2010 por Decreto Nº534
Publicado en el B.O.Prov. Nº4852 Pág.1
Fecha de Consolidación: 30-06-2011
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4553
INCORPORA A Ley Provincial G Nº3338
Afectado/s: Art. Nº29 bis
(Por Art. Nº2)
SUSTITUYE A Ley Provincial G Nº3338
Afectado/s: Art. Nº29
(Por Art. Nº1)