Incorporación de adicionales como sumas remunerativas sujetas a aportes a todo el personal comprendidos entre las edades 50 años para las mujeres y 55 años los hombres, dependientes del Poder Ejecutivo provincial.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 17-03-2011 | Promulgada el 26-04-2011 de Hecho
Publicado en el B.O.Prov. Nº4930 Pág.1
Vigencia: Artículo 1° - Se establece a partir de la fecha de promulgación de la presente, para todo el personal dependiente del Poder Ejecutivo provincial, que esté comprendido en las edades de cincuenta -50- años para las mujeres y cincuenta y cinco -55- años para los hombres, la incorporación de todos sus adicionales como sumas remunerativas sujetas a aportes.
Fecha de Consolidación: 30-06-2011
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4640