Digesto Jurídico

Decreto Provincial Nº242 - de 19-04-2011

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Jornada de trabajo ordinaria para el personal comprendido en la Ley L N° 679 -Ley del personal poicial-, será de seis -6- horas diarias o treinta -30- horas semanales

Incluida en: Digesto

Caracter: Permanente

Firmado el 19-04-2011

Publicado en el B.O.Prov. Nº4932 Pág.1

Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha

Documentos:

Texto Consolidado no disponible


Afectaciones sin consolidar:

Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación

Registros: 3


Todas las afectaciones:

Registros: 3


Afecta a los siguientes Documentos:

REGLAMENTA A Ley Provincial L Nº679
Afectado/s: Art. Nº1
(Por Art. Nº1 a 5)