Digesto Jurídico

Ley Provincial F Nº4836

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Elección por única vez del títular y suplentes del vocal representante de padres y madres en el Consejo Provincial de Educación -Artículo 158 y 162 de la Ley 4819-.

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente | Objeto Cumplido

Sancionada el 26-04-2013 | Promulgada el 02-05-2013 por Decreto Nº529

Publicado en el B.O.Prov. Nº5142 Pág.2

Vigencia: Artículo 4º - La presente norma entrará en vigencia a partir del momento de su sanción.

Fecha de Consolidación: 31-03-2022

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4836