Digesto Jurídico

Ley Provincial P Nº4944

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Se prorroga desde su vencimiento y por un período de seis -6- meses, el plazo establecido en el artículo 7º de la ley P Nº 3847.

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente | Objeto Cumplido

Sancionada el 28-03-2014 | Promulgada el 14-04-2014 por Decreto Nº402

Publicado en el B.O.Prov. Nº5246 Pág.11

Fecha de Consolidación: 31-03-2022

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4944


Afecta a los siguientes Documentos:

PRORROGA A Ley Provincial P Nº3847
Afectado/s: Art. Nº7º
(Por Art. Nº1º)