Modifica el inciso f- del artículo 2º de la Ley D Nº 2584.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 08-05-2014 | Promulgada el 23-05-2014 por Decreto Nº600
Publicado en el B.O.Prov. Nº5256 Pág.1
Vigencia: Artículo 2° - Entrada en vigencia. La presente ley entra en vigencia a los treinta -30- días de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia.
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 4955
SUSTITUYE A Ley Provincial D Nº2584
Afectado/s: Art. Nº2º, inciso f-
(Por Art. Nº1º)