Aprueba la reglamentación de la Ley Nº 4938.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 23-06-2014
Publicado en el B.O.Prov. Nº5273 Pág.3
Vigencia: Artículo 4º - La reglamentación que se aprueba a través del presente entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
REGLAMENTA A Ley Provincial F Nº4938
Afectado/s: Art. Nº1º a 8º
(Por Art. Nº1º a 8º Anexo)