Sustituye a partir del 1 de octubre de 2014 el Apartado a.1 del artículo 8º del Decreto L Nº 03/05.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 15-12-2014
Publicado en el B.O.Prov. Nº5317 Pág.3
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
Registros: 1
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SUSTITUYE A Decreto Provincial L Nº3 - de 03-01-2005
Afectado/s: Art. Nº8
(Por Art. Nº1º)