Modifica la Ley Q Nº 4818.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 30-12-2014 | Promulgada el 30-12-2014 por Decreto Nº1828
Publicado en el B.O.Prov. Nº5319 Pág.4
Vigencia: Artículo 12: La presente Ley entrará en vigencia a partir de su sanción, lo mismo que los acuerdos suscriptos, que aquí se ratifican, conforme al artículo 3º de la Ley Q Nº 4818.
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5027
MODIFICA A Ley Provincial Q Nº4818
Afectado/s: Art. Nº12, Inc. 12.14
(Por Art. Nº6º)
SUSTITUYE A Ley Provincial Q Nº4818
Afectado/s: Art. Nº12, Inc. 12.3 Anexo I
(Por Art. Nº5º)
MODIFICA A Ley Provincial Q Nº4818
Afectado/s: Art. Nº5º
(Por Art. Nº4º)
Observaciones: se sugiere incorporarlo como inciso al momento de la consolidación.
SUSTITUYE A Ley Provincial Q Nº4818
Afectado/s: Art. Nº6º
(Por Art. Nº3º)
Observaciones: Se sugiere incorporar como Inciso al momento de la Consolidación.
SUSTITUYE A Ley Provincial Q Nº4818
Afectado/s: Art. Nº12, Inc. 12.4 Anexo I
(Por Art. Nº2º)
Observaciones: Deja sin efecto Adicional por Renta Extraordinaria.
MODIFICA A Ley Provincial Q Nº4818
Afectado/s: Art. Nº2º
(Por Art. Nº2º)
Observaciones: Deja sin efecto Adicional por Renta Extraordinaria
SUSTITUYE A Ley Provincial Q Nº4818
Afectado/s: Art. Nº1º
(Por Art. Nº1º)
MODIFICA A Ley Provincial Q Nº4818
Afectado/s: Art. Nº12 Inciso 12.15
(Por Art. Nº7º)