Digesto Jurídico

Ley Provincial L Nº5028

Compartir en:

Establece el regimén de licencia por paternidad para todos los Agentes públicos, que se desempeñan en el Sector Público Provincial.

Incluida en: Histórico

Caracter: Permanente

Sancionada el 10-12-2014

Publicado en el B.O.Prov. Nº5321 Pág.1

Vigencia: Artículo 8º - La presente entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y es de aplicación en las licencias y situaciones de paterniad en el Sector Público Provincial por las disposiciones establecidas en la presente, siempre que resulten más beneficiosas para el trabajador.

Fecha de Consolidación: 31-03-2022

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5028


Todas las afectaciones:

Registros: 1