Establece obligatoriedad de habilitar medios de pago con tarjeta de debito a traves de terminales de pago electronicos para personas físicas, jurídicas y sucesiones indivisas, destinados al expendio o prestación de bienes o servicios a consumidores finales.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 25-06-2015 | Promulgada el 06-07-2015 por Decreto Nº1022
Publicado en el B.O.Prov. Nº5372 Pág.3
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5053
Registros: 2