Digesto Jurídico

Ley Provincial A Nº5062

Compartir en:

Prorrogase desde su vencimiento y por un período de tres -3- años el plazo establecido en el artículo 3° de la ley A n° 4357.

Incluida en: Particular

Caracter: Permanente

Sancionada el 21-08-2015 | Promulgada el 17-09-2015 por Decreto Nº1499

Publicado en el B.O.Prov. Nº5393 Pág.4

Fecha de Consolidación: 31-03-2022

Documentos:

Texto Consolidado no disponible

Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5062


Afecta a los siguientes Documentos:

PRORROGA A Ley Provincial A Nº4357
Afectado/s: Art. Nº3º
(Por Art. Nº1º)