Crea en la Provincia de Río Negro, la figura del Abogado de Niñas/os y Adolecentes, conforme el artículo 12, incisos 1 y 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño y del artículo 27 inciso c- de la Ley N° 26.061
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 21-08-2015 | Promulgada el 17-09-2015 por Decreto Nº1501
Publicado en el B.O.Prov. Nº5393 Pág.5
Vigencia: Artículo 11 - Entrada en Vigencia. La presente ley entra en vigencia a los noventa -90- días de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia.
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5064