Prorroga desde su vencimiento y por un periodo de un -1- año, el plazo establecido en el artículo 7º de la Ley P Nº 3847.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 04-12-2015 | Promulgada el 22-12-2015 por Decreto Nº265
Publicado en el B.O.Prov. Nº5422 Pág.4
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5093
PRORROGA A Ley Provincial P Nº3847
Afectado/s: Art. Nº7º
(Por Art. Nº1º)