D.N.U. Modificatorio de la Ley Nº 27.191.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 21-07-2016
Publicado en el B.O.Nac. Nº33424 Pág.1
Vigencia: Artículo 16 - Las disposiciones del presente Decreto entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
SUSTITUYE A Ley Nacional Nº27191
Afectado/s: Art. Nº7 inciso 8
(Por Art. Nº9º)
SUSTITUYE A Ley Nacional Nº27191
Afectado/s: Art. Nº7º inciso 3
(Por Art. Nº8º)
SUSTITUYE A Ley Nacional Nº27191
Afectado/s: Art. Nº7º inciso 7
(Por Art. Nº7º)