Incorpora al artículo 64 Punto 7, Apartado 1 y 2 del Decreto H nº 1737/98 -Reglamentario del artículo 64 de la Ley Nº 3186-.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 11-10-2016
Publicado en el B.O.Prov. Nº5505 Pág.4
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
INCORPORA A Decreto Provincial H Nº1737 - de 22-12-1998
Afectado/s: Art. Nº64 Inciso o- al Apartado 2, Punto 7
(Por Art. Nº1º)
Observaciones: Conforme aclaración del B.O. Nº 5506, se incorpora el inciso p- y no el o-. Ademas se incorpora mediante el artículo 2º y no por el 1º.
INCORPORA A Decreto Provincial H Nº1737 - de 22-12-1998
Afectado/s: Art. Nº64 Inciso o al apartodo 1 Punto 7
(Por Art. Nº1º)
Observaciones: Conforme aclaración del B.O. Nº 5506, se incorpora el Inciso p- y no el o-