Establece obligatoriedad del grabado indeleble del dominio con caracter múltiple para todo vehículo automotor inscripto o por inscribirse en los Registros Seccionales de la Provincia.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 09-05-2018 | Promulgada el 23-05-2018 por Decreto Nº586
Publicado en el B.O.Prov. Nº5674 Pág.1
Vigencia: Artículo 14 - La presente Ley entrará en vigencia a partir del 1º de Agosto del 2018.
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Fe de Erratas:
- Publicada en el B.O.Prov. Nº5752 Pág.22
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5275