Modifica el artículo 40 e incorpora el capitulo XII en el Titulo III De las faltas a la Ley S Nº 532.
Incluida en: Histórico
Caracter: Permanente | Objeto Cumplido
Sancionada el 22-06-2018 | Promulgada el 05-07-2018 por Decreto Nº810
Publicado en el B.O.Prov. Nº5687 Pág.3
Vigencia: Art`iculo 4º - La presente entra en vigencia en un plazo maximo de noventa -90- dias de su publicacion en el Boletin Oficial.
Fecha de Consolidación: 31-03-2022
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5289
INCORPORA A Ley Provincial S Nº532
Afectado/s: Art. NºTitulo III De las Faltas
(Por Art. NºCapitulo XII)
SUSTITUYE A Ley Provincial S Nº532
Afectado/s: Art. Nº40
(Por Art. Nº1º)