Abrogación artículo 7º Ley D Nº 5253 conforme artículo 208 de la Constitucvión Provincial.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Firmado el 07-02-2023
Publicado en el B.O.Prov. Nº6230 Pág.133
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
DEROGA A Ley Provincial D Nº5253
Afectado/s: Art. Nº7º
(Por Art. Nº1º)
Observaciones: Ordena eliminar la oposición del artículo 7º con la norma superior.