Ley de Ministerios. Abroga leyes K Nº 5537 y 5630.
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 07-12-2023 | Promulgada el 10-12-2023 por Decreto Nº82
Publicado en el B.O.Prov. Nº6244 Pág.3
Vigencia: Artículo 81 - Vigencia. La presente Ley entra en vigencia a partir del 10 de diciembre de 2023.
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5683
Decreto Provincial Nº337 - de 28-12-2023 Por Art. Nº1º
Afectado/s: Art. Nº22 apartado a- inciso 11
Las afectaciones sin consolidar son todas aquellas modificaciones que recibe la norma con posterioridad a su consolidación
Registros: 2
Registros: 2
ABROGA A Ley Provincial K Nº5537
(Por Art. Nº33)
Observaciones: No se carga la acción sobre la Ley Nº 5630, ya que obra en Bae Histórica por ser de Objeto Cumplido.