Autoriza a los titulares de los Poderes Ejecutivo y Legislativo a retener de los haberes de sus funcionarios, deudas en concepto de Impuestos provinciales -Automotores Inmobiliario e Ingresos Brutos-.-
Incluida en: Digesto
Caracter: Permanente
Sancionada el 31-10-2024 | Promulgada el 05-11-2024 por Decreto Nº412
Publicado en el B.O.Prov. Nº6336 Pág.3
Fecha de Consolidación: La Norma no fue Consolidada hasta la fecha
Texto Consolidado no disponible
Texto Original disponible en el antecedente legislativo: Ley Nº 5760
ABROGA A Ley Provincial I Nº3587
(Por Art. Nº10)