Establecer, a partir del 1° de febrero de 2021, que las sumas creadas por los Decretos N°1.986/05 -Artículo 3°-, N° 397/11 -Artículo 4°-, N° 1.142/11 -Artículos 1° y 3°-, N° 681/17 -Artículos 1°, 2° y 3°-,N° 56/19 -Artículo 1 °-, N° 311/20 -Artículo 1°- y N° 1.188/20 -Artículo 1°- y que componen los haberes de los agentes comprendidos en el Régimen Retributivo Transitorio de la Ley L N° 3.959., integrarán una únicasuma por categoría, denominada "suma consolidada"
Carácter de la Norma: INTERES GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Firmado el 01-03-2021
Publicado en el Boletín Oficial del 15-03-2021 Pág.10;
Entrada en vigencia el 23-03-2021
Autor/es: PODER EJECUTIVO