Legislación General

Ley Nº 1172

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Suspende por el termino de 180 dias la vigencia de las disposiciones de los arts. 3º y 4º de la Ley 827.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )

Sancionada el 27-07-1976 Promulgada el 27-07-1976 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 02-08-1976 Pág.1;

Entrada en vigencia el 10-08-1976

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Norma Consolidada: Ley Provincial K Nº1172

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 4270 - Derogación Total - Desde el 18-01-2008

Descripción: caducidad por plazo vencido, objeto complido o condición cumplida

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 827 - Suspende vigencia Art: - Desde el 27-07-1976

Descripción: Suspende por 180 dias vigencia arts. 3 y 4.