Legislación General

Ley Nº 1660

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Equipara a partir del 01-01-83 las remuneraciones personal Poder Judicial a las que rijan en el ambito de la Justicia Nacional.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )

Sancionada el 03-03-1983 Promulgada el 03-03-1983 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 11-04-1983 Pág.1;

Entrada en vigencia el 19-04-1983

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Norma Consolidada: Ley Provincial L Nº1660

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 1763 - Derogación Total - Desde el 28-10-1983

Descripción: Derogacion.