Equipara el sueldo anual complementario corespondiente a enero-junio de 1983, al 50% de la remuneracion de junio de 1983.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )
Sancionada el 25-07-1983 Promulgada el 25-07-1983 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 11-08-1983 Pág.1;
Entrada en vigencia el 19-08-1983
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Norma Consolidada: Ley Provincial L Nº1709
Ley Nº 1714 - Ampliación Articulo - Desde el 25-07-1983
Descripción: Incluye a Jubilados y Pensionados.
Ley Nº 4270 - Derogación Total - Desde el 18-01-2008
Descripción: caducidad por plazo vencido, objeto o condición cumplidos