Establece condiciones para docentes que habiendo prestado servicio en establecimientos nacionales, optaren por el beneficio previsional provincial -Ley 1491-.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )
Sancionada el 25-10-1983 Promulgada el 25-10-1983 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 14-11-1983 Pág.4;
Entrada en vigencia el 22-11-1983
Norma Consolidada: Ley Provincial L Nº1762
Ley Nº 2988 - Observación - Desde el 06-06-1996
Descripción: Integra Ley 2988 -Transf.Reg.Prev.Prov. a Edo.Nac.
Ley Nº 2988 - Derogación Total - Desde el 18-06-1996
Descripción: Abrogada implicitamente por Ley Nº 2988
Ley Nº 1491 - Ampliación Articulo - Desde el 25-10-1983
Descripción: Beneficio personal docente transferido a provincia