Destina 2% del producido de la explotación de los juegos de azar a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios y Federaciones que las agrupa.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 07-06-1984 Promulgada el 22-06-1984 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 05-07-1984 Pág.1;
Entrada en vigencia el 13-07-1984
Autor/es: DE LA CANAL Oscar Edmundo
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 185/1984
Norma Consolidada: Ley Provincial H Nº1832
Decreto Nº 1452/1984 - Firmado el 10-09-1984 - Normativo - Reglamentario - Desde el 10-09-1984
Descripción: Implementa aplicacion efectiva de los porcentajes.
Ley Nº 4354 - Observación - Desde el 14-10-2008
Descripción: Se abroga ley.
Decreto Nº 33/2009 - Firmado el 12-02-2009 - Observación - Desde el 03-04-2009
Descripción: Mención.-
Ley Nº 48 - Observación - Desde el 22-06-1984
Descripción: Destina 2% a Asociaciones Bomberos Voluntarios.