Legislación General

Ley Nº 2243

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Establece que entidades financieras que se establezcan en la Provincia deberan solicitar autorizacion al Poder Ejecutivo. Exeptua de esta norma a las previstas en el art. 67 inc. 5 de la Const. Nac. Banco Hipotecario y Banco Nac. Desarrollo.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 22-09-1988 Promulgada el 27-09-1988 por Decreto Nº 2217/1988

Publicado en el Boletín Oficial del 03-10-1988 Pág.1;

Entrada en vigencia el 11-10-1988

Autor/es: CARRASCO Jorge Eugenio

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 98/1987

Norma Consolidada: Ley Provincial E Nº2243