Los automotores, motocicleta y ciclomoteres objeto de secuestro en causas penales, podran ser solicitados en deposito precario al tribunal correspondiente, con afectacion esclusiva p/pre-vencion y seguridad de la Policia.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )
Sancionada el 31-08-1989 Promulgada el 05-09-1989 por Decreto Nº 1591/1989
Publicado en el Boletín Oficial del 21-09-1989 Pág.1;
Entrada en vigencia el 29-09-1989
Autor/es: PICCININI Ana Ida - DE BARIAZARRA Roberto Rodolfo - PANDOLFI Oscar Raul - POVEDANO Nidia Lelia
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 343/1988
Norma Consolidada: Ley Provincial P Nº2319
Ley Nº 3031 - Ampliación Articulo - Desde el 10-10-1996
Descripción: Bienes objeto de decomiso seran subastados.
Ley Nº 3932 - Derogación Total - Desde el 04-02-2005
Descripción: Derogación total