Dispone que las sentencias que resuelven las acciones de amparo serán susceptibles de recurso de apelaciónn ante el Superior Tribunal de Justicia.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 14-11-1995 Promulgada el 21-12-1995 por Decreto Nº 253/1995
Publicado en el Boletín Oficial del 02-01-1996 Pág.5;
Entrada en vigencia el 10-01-1996
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 324/1995
Norma Consolidada: Ley Provincial P Nº2921
Ley Nº 3235 - Modifica Artículo Art.Nº1 - Desde el 06-11-1998
Descripción: Modifica art. 1º.
Ley Nº 3891 - Modifica Artículo Art.Nº1 - Desde el 10-12-2004
Descripción: Modifica art. 1º.