Establece que la madera sin procesar, procedente de bosques y forestacion propiedad del estado provincial, no podra ser tras ladada fuera de los limites de la Provincia.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 22-09-1997 Promulgada el 10-10-1997 por Decreto Nº 1296/1997
Publicado en el Boletín Oficial del 13-10-1997 Pág.1;
Entrada en vigencia el 21-10-1997
Autor/es: MEDVEDEV Roberto Jorge
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 413/1997
Norma Consolidada: Ley Provincial Q Nº3136