Legislación General

Ley Nº 3136

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Establece que la madera sin procesar, procedente de bosques y forestacion propiedad del estado provincial, no podra ser tras ladada fuera de los limites de la Provincia.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 22-09-1997 Promulgada el 10-10-1997 por Decreto Nº 1296/1997

Publicado en el Boletín Oficial del 13-10-1997 Pág.1;

Entrada en vigencia el 21-10-1997

Autor/es: MEDVEDEV Roberto Jorge

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 413/1997

Norma Consolidada: Ley Provincial Q Nº3136