Establece que los trabajos y obras públicas o privadas que se realicen en las zonas limítrofes de la Provincia, deberán contar con la autorización previa de autoridad pública provincial que ejerza poder de policía.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 16-12-1998 Promulgada el 07-01-1999 por Decreto Nº 9/1999
Publicado en el Boletín Oficial del 14-01-1999 Pág.7;
Entrada en vigencia el 22-01-1999
Autor/es: ESPECIAL DE LIMITES
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 557/1998
Norma Consolidada: Ley Provincial J Nº3269