Legislación General

Ley Nº 3304

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ACTA ACUERDO celebrado entre el Gobierno de la Provincia y los municipios. . ANEXO:B.O.11-11-99.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 08-07-1999 Promulgada el 20-07-1999 por Decreto Nº 944/1999

Publicado en el Boletín Oficial del 29-07-1999 Pág.5;

Entrada en vigencia el 06-08-1999

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 234/1999

Norma Consolidada: Ley Provincial N Nº3304

Se encuentra afectada por:

Decreto Nº 996/1999 - Firmado el 04-08-1999 - Normativo - Reglamentario - Desde el 04-08-1999

Descripción: Reglamenta procedimientos de puntos acordados.

Decreto Nº 1533/1999 - Firmado el 24-11-1999 - Normativo - Reglamentario - Desde el 24-11-1999

Descripción: Programa Anual de Trabajo.

Decreto Nº 1643/1999 - Firmado el 09-12-1999 - Normativo - Reglamentario - Desde el 09-12-1999

Descripción: Reglamenta Fondo de Reformas Municip.art.2 inc b-

Decreto Nº 1644/1999 - Firmado el 09-12-1999 - Observación - Desde el 09-12-1999

Descripción: Prorroga reintegro anticipos coparticipacion.

Decreto Nº 76/2000 - Firmado el 26-01-2000 - Observación - Desde el 26-01-2000

Descripción: Modifica art. 6º del Dto.Reglamentario.

Decreto Nº 448/2000 - Firmado el 19-04-2000 - Observación - Desde el 19-04-2000

Descripción: Modif.reglamento Fondo de Reformas Municipales.

Decreto Nº 803/2000 - Firmado el 30-06-2000 - Observación - Desde el 30-06-2000

Descripción: Prorroga hasta 31-12-00 Anticipo Coparticipacion.

Decreto Nº 1907/2000 - Firmado el 29-12-2000 - Normativo - Reglamentario - Desde el 29-12-2000

Descripción: Prorroga plazo reintegro anticipos coparticipaci

Decreto Nº 1449/2001 - Firmado el 15-11-2001 - Normativo - Reglamentario - Desde el 15-11-2001

Descripción: Compensación deudas con municipios.

Decreto Nº 1479/2001 - Firmado el 19-11-2001 - Observación - Desde el 19-11-2001

Descripción: Cancelación cuotas CEDEPIR I.

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 1946 - Deroga Artículo - Desde el 20-07-1999

Descripción: Derogación art. 9, 10 y 12.