Legislación General

Ley Nº 3468

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Los restos mortales de personas pertenecientes a pueblos originariosa, deberan ser puestos a disposicion de sus comunidades cuando estas los reclamen.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Sancionada el 14-12-2000 Promulgada el 28-12-2000 por Decreto Nº 1859/2000

Publicado en el Boletín Oficial del 04-01-2001 Pág.1;

Entrada en vigencia el 12-01-2001

Autor/es: GROSVALD Guillermo José - GONZALEZ Carlos Ernesto

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 309/2000

Norma Consolidada: Ley Provincial F Nº3468