Legislación General

Ley Nº 478

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Condona multas y recargo de impuestos a contribuyentes relacionados con la actividad turistica y a clubes sociales, culturales y deportivos.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )

Sancionada el 03-02-1967 Promulgada el 03-02-1967 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 13-02-1967 Pág.1;

Entrada en vigencia el 21-02-1967

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Norma Consolidada: Ley Provincial I Nº478

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 4270 - Derogación Total - Desde el 18-01-2008

Descripción: caducidad por plazo vencido, objeto complido o condición cumplida