Legislación General

Decreto Nº 712/1995 - Firmado el 20-06-1995 - Gobernador MASSACCESI Horacio

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Establece que los agentes de la Administracion no percibiran remuneraciones correspondientes a los dias que hagan efectivo retencion de servicios.

Carácter de la Norma: INTERES GENERAL Estado: Normal ( Vigente )

Firmado el 20-06-1995

Publicado en el Boletín Oficial del 22-06-1995 Pág.2;

Entrada en vigencia el 30-06-1995

Autor/es: PODER EJECUTIVO