Los haberes del personal dependiente de la Corporacion p/el Desarrollo Portuario liquidara Rentas Generaqles;regl.art.59 Ley 3137.
Carácter de la Norma: NORMATIVO Estado: Normal ( Vigente )
Firmado el 28-07-1998
Publicado en el Boletín Oficial del 01-10-1998 Pág.1;
Entrada en vigencia el 09-10-1998
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Ley Nº 3137 - Normativo - Reglamentario - Desde el 28-07-1998
Descripción: Reglamenta art. 59 parrafo 1 Titulo IX.