Establece que los expendedores de combustible y gas natural deberan tributatar la alicuota correspondiente sobre los Ingresos Brutos segun Ley 2482
Carácter de la Norma: NORMATIVO Estado: Normal ( Vigente )
Firmado el 18-05-1992
Publicado en el Boletín Oficial del 04-06-1992 Pág.3;
Entrada en vigencia el 12-06-1992
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Ley Nº 2482 - Normativo - Reglamentario - Desde el 18-05-1992
Descripción: Los expend. combustible deberan tributar Ing.Brut.