Legislación General

Ley Nº 528

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Condona recargo, intereses y multas contribuyentes Impuestos Actividades Lucrativas y Promocion Turismo que cancelen totalmente sus deudas.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )

Sancionada el 09-11-1968 Promulgada el 09-11-1968 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 18-11-1968 Pág.1;

Entrada en vigencia el 26-11-1968

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Norma Consolidada: Ley Provincial I Nº528

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 4270 - Derogación Total - Desde el 18-01-2008

Descripción: caducidad por plazo vencido, objeto complido o condición cumplida

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 511 - Modifica Artículo Art.Nº5 - Desde el 09-11-1968

Descripción: Modifica art. 5.