Establece que el pago del Impuesto a la Propiedad Inmueble debera hacerse exclusivamente en dinero efectivo.
Carácter de la Norma: NORMATIVO Estado: Derogada ( No Vigente )
Firmado el 16-10-1996
Publicado en el Boletín Oficial del 28-10-1996 Pág.13;
Entrada en vigencia el 05-11-1996
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 1203/1997 - Firmado el 26-09-1997 - Derogación Total - Desde el 26-09-1997
Descripción: Derogacion.
Ley Nº 3020 - Normativo - Reglamentario - Desde el 16-10-1996
Descripción: El pago del Imp. Inmobiliario sera en dinero.
Ley Nº 1622 - Observación - Desde el 16-10-1996
Descripción: El pago del impuesto de emergencia sera en dinero.