Declara obligatoria la registración en el Colegio de Arquitectos de Río Negro todas las obras públicas de arquitectura, que utilice los servicios profesionales de arquitectos.
Carácter de la Norma: NORMATIVO Estado: Normal ( Vigente )
Firmado el 27-10-2003
Publicado en el Boletín Oficial del 06-11-2003 Pág.4;
Entrada en vigencia el 14-11-2003
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Ley Nº 2176 - Normativo - Reglamenta Art. Art.Nº10 - Desde el 14-11-2003
Descripción: Art. 10º ."..cuando utilicen los servicios de profesionales arquitectos, deberán ajustarse a las prescripciones de la presente ley".