Legislación General

Ley Nº 3818

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Dedúzcase transitoriamente del Fondo de Estímulo instituido en el Código Fiscal Provincial -t.o. 1997-, el cincuenta por ciento -50 %- de los montos que ingresen al mismo en concepto de impuesto inmobiliario a efectos de integrar el Fondo Catastral creado por ley nº 3483.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )

Promulgada el 16-02-2004 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 26-02-2004 Pág.16;

Entrada en vigencia el 05-03-2004

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Trámite Legislativo: Proyecto Nº 364/2003

Norma Consolidada: Ley Provincial I Nº3818

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 4270 - Derogación Total - Desde el 18-01-2008

Descripción: caducidad por plazo vencido, objeto o condición cumplidos

Afecta a los siguientes Documentos:

Decreto Ley Nº 5/2003 - Firmado el 29-08-2003 - Conv. en Ley- D.Ley necesidad y urgencia - Desde el 05-03-2004

Descripción: Ley 3818.