Las bicicletas, objeto de secuestro en causas penales, serán puestas a disposición del Ministerio de la Familia.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 29-06-2005 Promulgada el 12-07-2005 por Decreto Nº 819/2005
Publicado en el Boletín Oficial del 21-07-2005 Pág.32;
Entrada en vigencia el 29-07-2005
Autor/es: TORO Carlos Daniel
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 572/2004
Norma Consolidada: Ley Provincial P Nº3975
Decreto Nº 1657/2006 - Firmado el 05-12-2006 - Normativo - Reglamentario - Desde el 02-02-2007
Descripción: Reglamenta.
Ley Nº 3239 - Observación - Desde el 29-07-2005
Descripción: Microemprendimientos -4 talleres para reparación de las bicicletas secuestradas.
Ley Nº 3932 - Observación - Desde el 29-07-2005
Descripción: Bicicletas, objeto de secuestro en causas penales, aplicación art. 9º.