Legislación General

Decreto Ley Nº 4/2007 - Firmado el 06-12-2007 - Gobernador SAIZ Miguel Angel

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Modifica Art. 1º de la Ley 2966 - Ubica al Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios, en el ámbito del Ministerio de Producción. Modfica Art. 16 de la Ley 3008 - Establece que el alojamiento de los internos condenados será asignado por la Dirección Gral. del Servicio Penitenciario. Deroga Inc. M- del Art. 4º y Art. 51º de la Ley 4200.

Carácter de la Norma: MODIFICATORIO Estado: Normal ( Vigente )

Firmado el 06-12-2007

Publicado en el Boletín Oficial del 13-12-2007 Pág.1;

Entrada en vigencia el 13-12-2007

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 4297 - Conv. en Ley- D.Ley necesidad y urgencia - Desde el 08-04-2008

Descripción: Convierte en Ley.

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 4200 - Deroga Artículo - Desde el 21-12-2007

Descripción: Deroga Art. 4º inc. M- y Art. 51º

Ley Nº 2966 - Modifica Artículo Art.Nº1 - Desde el 21-12-2007

Descripción: Modifica Art.1º - ubica al SPLIF en el ámbito del Ministerio de la Producción

Ley Nº 3008 - Modifica Artículo Art.Nº16 - Desde el 21-12-2007

Descripción: Modifica Art. 16 - el alojamiento de internos del Serv.Penitenciario, será asignado por la Dirección Gral. del Serv.Penitenciario.