Incorpora artículos 12 bis y 12 ter a la ley n° 3164, referidos a la creación del Programa de Atención Precoz de discapacidad auditiva en los recién nacidos, las prestaciones que incluye dicho programa y a su financiamiento. Modifica el inciso a- del artículo 15 sobre la creación de un Registro Provincial de niños con discapacidades auditivas.
Título: Programa Provincial de Detección Precoz de la Capacidad Auditiva
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 29-11-2007 Promulgada el 19-12-2007 por Decreto Nº 342/2007
Publicado en el Boletín Oficial del 03-01-2008 Pág.32;
Entrada en vigencia el 11-01-2008
Autor/es: GRAFFIGNA Celia Elba
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 484/2006
Norma Consolidada: Ley Provincial D Nº4265