Todo material informativo o de promoción general, turística o productiva de la Provincia de Río Negro que se difunda a través de folletería, cartelería, páginas web, etc., en los pasajes de transporte público, terrestre o aéreos de empresas con sede en la provincia, debe incorporar la leyenda "Río Negro, región protegida de plagas y enfermedades agropecuarias. No ingrese productos de orígen vegetal y animal".
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 29-11-2007 Promulgada el 19-12-2007 por Decreto Nº 344/2007
Publicado en el Boletín Oficial del 03-01-2008 Pág.32;
Entrada en vigencia el 11-01-2008
Autor/es: RODRIGUEZ José Luis
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 297/2007
Norma Consolidada: Ley Provincial E Nº4267