Modifica artículos 1° y 10, e incorpora artículos 10 bis y 10 ter a la ley n° 3117 -Sistema Provincial de Residencias de Salud- a fin de permitir el acceso a profesionales mayores de 35 años, ampliar a 48 meses la residencia de medicina general y establecer un internado rotatorio obligatorio en hospitales rurales de la Región Sur.
Carácter de la Norma: MODIFICATORIO Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 22-05-2008 Promulgada el 10-06-2008 por Decreto Nº 547/2008
Publicado en el Boletín Oficial del 23-06-2008 Pág.2;
Entrada en vigencia el 01-07-2008
Autor/es: MILESI Marta Silvia - GARCIA María Inés
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 506/2007
Norma Consolidada: Ley Provincial R Nº4328
Ley Nº 3117 - Modifica Artículo - Desde el 01-07-2008
Descripción: Modifica articulos 1º , 10º e incorpora articulos 10º bis y 10º ter