Legislación General

Ley Nº 792

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Modifica art. 2 y deroga art. 5 de la Ley 785 -regimen de remuneraciones personal Poder Judicial-.

Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada ( No Vigente )

Sancionada el 23-04-1973 Promulgada el 23-04-1973 De Hecho

Publicado en el Boletín Oficial del 07-05-1973 Pág.1;

Entrada en vigencia el 15-05-1973

Autor/es: PODER EJECUTIVO

Norma Consolidada: Ley Provincial L Nº792

Se encuentra afectada por:

Ley Nº 1205 - Derogación Total - Desde el 07-02-1977

Descripción: Derogacion a partir del 1-1-77.

Afecta a los siguientes Documentos:

Ley Nº 785 - Deroga Artículo - Desde el 23-04-1973

Descripción: Deroga art. 5 y modifica art. 2.