Sustituir a partir del 1 de julio de 2008, el Art. 1º del Decreto 1986/05, modificado por los Decretos Nº 47/07, Nº 642/07 y 241/08.
Carácter de la Norma: NORMATIVO Estado: Normal ( Vigente )
Firmado el 21-07-2008
Publicado en el Boletín Oficial del 04-08-2008 Pág.2;
Entrada en vigencia el 12-08-2008
Autor/es: PODER EJECUTIVO
Ley Nº 679 - Observación - Desde el 12-08-2008
Descripción: Observación.
Ley Nº 1904 - Observación - Desde el 12-08-2008
Descripción: Observación.
Decreto Ley Nº 14/2004 - Firmado el 30-12-2004 - Observación - Desde el 12-08-2008
Descripción: Observación
Ley Nº 3959 - Observación - Desde el 12-08-2008
Descripción: Observación
Decreto Nº 47/2007 - Firmado el 07-02-2007 - Observación - Desde el 12-08-2008
Descripción: Observación.
Decreto Nº 642/2007 - Firmado el 15-05-2007 - Observación - Desde el 12-08-2008
Descripción: Observación.
Decreto Nº 241/2008 - Firmado el 21-04-2008 - Observación - Desde el 12-08-2008
Descripción: Observación.
Decreto Nº 1986/2005 - Firmado el 30-12-2005 - Sustituye Artículo - Desde el 12-08-2008
Descripción: Sustituye a partir del 1º de julio de 2008, el artículo 1º.