El Poder Judicial debe adoptar los recaudos necesarios para que se incluya la aprobación en el próximo presupuesto judicial de los recursos correspondientes a los nuevos organismos, artículo 23 inciso d- de la ley 4199 - Ministerio Público.
Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Normal ( Vigente )
Sancionada el 08-08-2008 Promulgada el 27-08-2008 De Hecho
Publicado en el Boletín Oficial del 04-09-2008 Pág.1;
Entrada en vigencia el 12-09-2008
Autor/es: MILESI Marta Silvia - SARTOR Daniel Alberto - CIDES Juan Elbi
Trámite Legislativo: Proyecto Nº 394/2008
Norma Consolidada: Ley Provincial K Nº4344
Ley Nº 4199 - Observación - Desde el 12-09-2008
Descripción: Mención artículo 23º inciso d- .
Ley Nº 4307 - Observación - Desde el 12-09-2008
Descripción: Mención.